Presidente y Vicepresidente

Para ser Presidente de la República o Vicepresidente se requiere:

  1. tener nacionalidad paraguaya natural;
  2. haber cumplido treinta y cinco años, y
  3. estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. (Constitución Nacional, Art.228)

Diputados y parlamentarios del MERCOSUR

Para ser electo diputado titular o suplente se requieren la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido veinticinco años. (Constitución Nacional, Art.221)

Senadores

Para ser electo senador titular o suplente se requieren la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido treinta y cinco años. (Constitución Nacional, Art.223)

Gobernador

Para ser gobernador se requiere:

  1. ser paraguayo natural;
  2. tener treinta años cumplidos, y
  3. ser nativo del departamento y con radicación en el mismo por un año cuanto menos. En el caso de que el candidato no sea oriundo del departamento, deberá estar radicado en él durante cinco años como mínimo. Ambos plazos se contarán inmediatamente antes de las elecciones. (Constitución Nacional, Art.162)

Miembros de la Junta Departamental

Para ser miembro de la junta departamental rigen los mismos requisitos establecidos para cargo de gobernador, con excepción de la edad, que deberá ser la de veinticinco años cumplidos. (Constitución Nacional, Art.162):

  1. ser paraguayo natural;
  2. tener veinticinco años cumplidos, y
  3. ser nativo del departamento y con radicación en el mismo por un año cuanto menos. En el caso de que el candidato no sea oriundo del departamento, deberá estar radicado en él durante cinco años como mínimo. Ambos plazos se contarán inmediatamente antes de las elecciones. (Constitución Nacional, Art.162)


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