Fiscal solicitó intervención de la corte en el caso avión de la ANDE.

En la causa que investiga el uso de la aeronave del Estado en campaña electoral.

 

TSJE

La fiscalía electoral de la Capital interpuso un recurso de reposición contra la providencia del Juzgado Electoral de Capital, que ordenó la suspensión de la investigación encarada en torno al uso del avión (matrícula ZP TZW, propiedad de la Administración Nacional de Electricidad) por la precandidata a la presidencia de la República por la Asociación Nacional Republicana-Partido Colorado, Lic. Blanca Ovelar de Duarte (quien viajó abordo, acompañada de una comitiva, al Departamento de Amambay, en el contexto de sus actividades proselitistas).

La providencia surgió a raíz de que el juzgado de Instrucción Militar del Tercer Turno se declarara competente e iniciara una investigación sobre el hecho. La Representación fiscal, a cargo del Abog. Carmelo Caballero, sostiene que la competencia para atender faltas electorales es de los juzgados electorales, en atención a los artículos 3, inciso “f”; y 15, inciso “b” de la Ley 635/95.

Cita, además, el artículo 174 de la Constitución Nacional, según el cual los tribunales militares sólo tienen competencia para juzgar delitos previstos en las leyes castrenses, explicando que si un hecho está sancionado por la ley penal y la militar, sólo debe ser considerado delito militar si lo ejecutó un miembro de esa fuerza en servicio activo y en el ejercicio de funciones castrenses. Por los elementos citados, entre otros, Caballero afirma que la suspensión de la investigación decretada no se ajusta a Derecho y  apunta que lo pertinente es la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia para que la máxima instancia judicial determine cuál es el órgano competente para dirimir el hecho.

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