Tribunal Electoral anuló sentencia del TEP-ANR

Nuevas votaciones en Luque

La seccional colorada Nº 362 de la ciudad de Luque debe elegir sus autoridades.

Deben realizarse votaciones en las mesas receptoras de votos números 31 y 39 instaladas en local de votación del Colegio Nacional Diversificada de la Comisión Seccional 362 del distrito de Luque.

Así lo dispuso el Tribunal Electoral de la Capital, primera sala, por unanimidad de sus miembros, los magistrados Blas Neri Fleitas R., Gilberto Aníbal Meza y Luis Ángel Casati Ferro.

El Acuerdo y Sentencia Nº 15 de fecha 15 de marzo de 2006, declaró inexistentes a las elecciones realizadas el pasado 19 de febrero en ocasión de las internas partidarias de la Asociación Nacional Republicana. Además, anuló la Sentencia Definitiva Nº 61 de fecha 07 de marzo del corriente del Tribunal Electoral Partidario de la Asociación Nacional Republicana por los fundamentos expuestos en el referido documento.

Ante esta medida el organismo electoral partidario en cuestión deberá fijar lugar, fecha y hora para la realización de los comicios ahora pendientes.

ANTECEDENTES:

El pasado 09 de marzo el candidato a presidente de la seccional colorada Nº 362 de la ciudad de Luque por el Movimiento de Reconciliación Colorada (Lista 24), Sr. Pedro Avelino González Bordón, y los señores Ricardo Chávez Galeano y Juan Guillermo González Vera, apoderados del departamento Central por el mismo sector, solicitaron ante el referido Tribunal la nulidad de la Sentencia Definitiva Nº 61 del Tribunal Electoral Partidario de la Asociación Nacional Republicana que anuló las dos mesas de votación luqueñas ya mencionadas.

Fundamentaron su pedido en que los resultados de las mesas de votación números 31 y 39 del local de votación del Colegio Nacional Diversificada de la Comisión Seccional 362 del distrito de Luque no fueron impresos por una dificultad técnica en las urnas electrónicas.

Según refieren los peticionantes, ante esta situación, el Tribunal Electoral Partidario de la Asociación Nacional Republicana resolvió la nulidad de estas mesas, situación con la que están en desacuerdo habida cuenta de que no hubo elecciones en ellas dado que las urnas no registraron los votos.

 

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