Justicia Electoral capacitó a 1092 miembros de Juntas Cívicas a nivel país

A través del Centro de Información, Documentación y Educación Electoral (CIDEE), se llevaron adelante las charlas instructivas, que incluyó la provisión del Manual de Juntas Cívicas, donde se encuentran detalladas las funciones y atribuciones de los miembros de Juntas Cívicas; antes, durante y después de las Elecciones Municipales, del 15 de noviembre.

Justicia Electoral capacitó a 1092 miembros de Juntas Cívicas a nivel país

Las capacitaciones iniciaron el 25 de setiembre y culminaron el 3 de octubre pasado, llegando de esta manera a todos los departamentos de la República.

Los funcionarios técnicos de CIDEE formaron a un total de 1092 personas, todos representantes de las diferentes agrupaciones políticas, que serán miembros de las Juntas Cívicas de cada local de votación.

Las Juntas Cívicas son organismos electorales auxiliares que funcionarán en distritos y parroquias del país con carácter transitorio, extinguiéndose 30 días después de los comicios; constarán de cinco miembros titulares con sus respectivos suplentes, como lo establece el Artículo 34 de Ley 635/95.

Dada la importancia de la labor que cumplirán las personas designadas, en las charlas se trataron temas como las funciones y atribuciones que le compete a cada una de ellas como miembro de la Junta Cívica; en ese contexto, deberán organizar toda la logística para la realización de las elecciones en el local electoral asignado; es decir, los materiales, útiles y documentos electores; y recolectar todos los elementos utilizados en el acto eleccionario, una vez concluido el mismo.

Así también, deberán cumplir con las reglamentaciones de los organismos electorales superiores, recibirán a los integrantes de las Mesas Receptoras de Voto; además, las actas, padrones y boletines de voto a ser utilizados en las elecciones y deberán remitir al Juez Electoral bajo estrictas medidas de seguridad.

Igualmente podrán sesionar cuantas veces fuera necesario, dejando constancia de lo actuado en el libro de actas, en cumplimiento con el Artículo 36 de la citada normativa electoral.

Los miembros de las Juntas Cívicas recibieron instrucciones de los trabajos que encararán conjuntamente con el Coordinador de local; para la inspección del local y la verificación de la accesibilidad al entorno físico; y dejar constancia de los bienes de cada local, además de determinar los equipos de contingencia para los comicios.

El día de las elecciones, la Junta Cívica y el Coordinador de local serán los encargados de montar el escenario de cada local de votación; así también el Coordinador se asegurará de la apertura del local y todas las demás tareas que las autoridades respectivas le encomienden.

Las charlas se llevaron a cabo en los departamentos de Caaguazú, Itapúa, Misiones, Concepción, San Pedro, Presidentes Hayes, Paraguarí, Guairá, Boquerón, Canindeyú, Amambay, Ñeembucú, Alto Paraná, Caazapá, Cordillera, Central y Capital. En Alto Paraguay, Chaco, los funcionarios distritales recibieron el Manual de Junta Cívica para impartir las instrucciones pertinentes.

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