Inicia plazo para presentar candidaturas a Miembros de Junta Cívica con miras a comicios en Emboscada

Hasta la fecha, representantes de las agrupaciones políticas podrán presentar propuestas de candidatos para conformar la Junta Cívica de cara a las Elecciones de Intendente Municipal del Distrito de Emboscada, departamento de Cordillera a celebrarse el 10 de diciembre próximo. Las presentaciones se deben realizar ante el Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala.

Inicia plazo para presentar candidaturas a Miembros de Junta Cívica con miras a comicios en Emboscada

El Cronograma Electoral para dichos comicios establece que para el miércoles 11 de octubre, las Juntas Cívicas deben estar integradas en su totalidad.

Así también, hasta este lunes 9 de setiembre serán recepcionados ante Secretaria del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) los padrones electorales de las agrupaciones políticas que pugnarán por el cargo vacante para la certificación correspondiente, conforme a lo dispuesto en el Artículo 353 de la Ley 834/96 Código Electoral Paraguayo.

El correspondiente cruce de padrones estará a cargo de funcionarios de la Dirección de Informática de la Justicia Electoral, desde este martes 10 de octubre.

Según el Artículo 34 de la Ley N° 635/95, Que Reglamenta la Justicia Electoral, las Juntas Cívicas son organismos electorales auxiliares de carácter transitorio que prestarán servicios en Distritos y Parroquias en los comicios, los candidatos a miembros serán designados por los Tribunales Electorales que correspondan a propuesta de los Partidos y Movimientos Políticos y Alianzas Electorales.

Los miembros designados tendrán atribuciones en sus funciones hasta 30 días después de las elecciones; cada Junta Cívica estará conformada por cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes que deberán recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la realización de las elecciones.

Así también, recoger todos los elementos utilizados en el acto eleccionario luego de finalizado el mismo y para su entrega bajo inventario; al Juez Electoral de su jurisdicción también recibir a los integrantes de las Mesas Receptoras de Votos y entregar todos los materiales que se utilizarán en las elecciones mediante actas y estricta seguridad, entre otras funciones enmarcadas en el Artículo 36 de la referida ley. 

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