Rige periodo de propaganda electoral para la vía pública

En el marco del proceso electoral con miras a las Elecciones Internas Simultáneas del 17 de diciembre, la Ley 834/96 “Código Electoral Paraguayo”, en su Art. 290, establece que el periodo para la propaganda electoral en la vía pública rige a partir del 15 de noviembre, 30 días antes de los comicios contados en forma retroactiva desde dos días antes de los comicios.

Dicha disposición refiere entre otros puntos, que la propaganda electoral es la exposición en la vía pública de pasacalles, pintatas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos.

La propaganda es la difusión de la plataforma electoral, los planes y los programas de los partidos, movimientos políticos y alianzas.

Es responsabilidad de las agrupaciones políticas que propician las candidaturas, cuidar que los contenidos en el mensaje constituyan una alta expresión de adhesión a los valores del sistema democrático y contribuya a la educación cívica del pueblo.

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