Inicia periodo para propaganda electoral en los medios masivos de comunicación

El Artículo 290 de la Ley N° 843/96 Código Electoral, entre otros puntos, dispone que la propaganda electoral en los medios masivos de comunicación en los comicios internos de los partidos políticos no podrá exceder de diez días antes de la fecha prevista. En este contexto, este martes 5 de diciembre entra en vigencia el periodo para su emisión y finalizará el próximo 14 de diciembre a las 23:59hs.

El referido artículo menciona que “se entiende por propaganda electoral la exposición en espacios radiales o televisivos con mensajes que llamen a votar por determinados candidatos o propuestas; espacios en periódicos (diarios, revistas, semanarios) con propuestas de candidaturas o programas de gobierno.

En tanto, el Artículo 301 de la referida ley dispone que la propaganda estará limitada, por partido, movimiento político o alianza a no más de ½ (media) página por edición o su equivalente en número de centímetros de columna, en cada uno de los periódicos y revistas. En lo que respecta a la propaganda en televisión o radio, cada partido, movimiento político o alianza tendrá derecho a un máximo de cinco minutos por canal o radio, por día.

Los candidatos que resulten electos en las Internas Simultáneas pugnarán en las Elecciones Generales y Departamentales de 2018 por los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Diputados, Parlamentarios del Mercosur, Gobernadores y Miembros de Juntas Departamentales.

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