Rechazo IN LIMINE LITIS del amparo planteado por Unace.

Habían solicitado que se borre del padrón de la Asociación Nacional Republicana (ANR) a más de cien mil personas argumentando que son adherentes de la  Unión Nacional de Colorados Éticos (UNACE).

 En el juicio caratulado “Partido UNACE contra la Asociación Nacional Republicana (Partido Colorado) sobre Amparo Constitucional”, el juzgado electoral rechazó in limine litis la petición de amparo del presidente de esta agrupación política, Enrique González Quintana.

En el Auto Interlocutorio Nº 2, emitido en la fecha, la jueza electoral en ejercicio, Abog. Patricia Blasco, expone que la Justicia Electoral no tiene el control de las afiliaciones, por lo que mal puede determinar cuál es la última afinación de una persona. Sostiene además que la corrección de tales desavenencias demandaría horas de trabajo y un estudio minucioso de las documentaciones, teniendo en cuenta la calidad de instrumentos públicos del cual están envestidos.

La magistratura considera que la garantía constitucional a ser ejercida por los afectados es la del Hábeas Data, pues no se sabe en puridad si los que  hoy dicen sentirse agraviados por figurar en el padrón partidario del Partido Colorado, han solicitado su reincorporación  a dicho partido.

“Siendo la acción de amparo una vía sumaria y excepcional, la acción debe ser deducida por el titular del derecho lesionado o en peligro inminente de serlo, o quien demuestre ser su representante”, reza el documento.

Dicho requisito formal no fue cumplido por lo que se rechazó la petición presentada en la víspera, bajo patrocinio del Dr. Max Narváez Matto.
 

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