MECIP - CEBG - Funciones y Atribuciones
Funciones y Atribuciones
Según el Art. N°33 del Código de Buen Gobierno, son atribuciones del Comité:
- Asegurarse de la difusión de los Códigos de Ética y Buen Gobierno y de una adecuada capacitación en los mismos a los colaboradores internos y grupo de interés de la institución.
- Monitorear el desarrollo y cumplimiento de las políticas contenidas en los Códigos de Ética y de Buen Gobierno.
- Realizar el seguimiento del comportamiento de los administradores públicos para asegurar el cumplimiento de los Códigos de Ética y de Buen Gobierno.
- Resolver controversias sobre interpretación del articulado de los Códigos de Ética y Buen Gobierno.
Informar, por lo menos cada seis (6) meses, al equipo sobre las tareas que le fueron encomendadas y sus resultados. - Darse su propio reglamento de operación;
- Administrar los nuevos desafíos a partir de las experiencias vividas.