Desde noviembre partidos y movimientos políticos pueden realizar propagandas electorales

 Las sanciones van de un mes a seis meses de pena carcelaria o multa equivalente a cien jornales mínimos         

 

La Justicia Electoral recuerda a la opinión pública que la difusión de propagandas electorales, con miras a las internas partidarias, se deben realizar a partir del 9 de noviembre del corriente año.

 
La resolución 21/2012 del Tribunal Superior de Justicia Electoral, establece para el 9 de diciembre las elecciones internas del Partido Asociación Nacional Republicana (ANR). 
 
En tal sentido, los candidatos de la ANR en pugna podrán realizar sus propagandas electorales 30 días antes de la fecha de los comicios, según establece el artículo 290 del Código Electoral.
 
Mientras, los candidatos del Partido Liberal Radical Autentico (PLRA) podrán realizar sus correspondientes difusiones a partir del 16 de noviembre, atendiendo a que, sus elecciones partidarias están previstas para el 16 de diciembre del corriente año. 
 
En tanto, a partir del 23 de noviembre corresponde al Partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), puesto que, mediante la resolución 57/2012 del TSJE, se fija fecha para el 23 de diciembre sus elecciones partidarias.
 
Esta última fecha también rige para los Partidos Democrático Progresista (PDP) y País Solidario (PPS).
 
El calendario finaliza el 30 de noviembre con la habilitación a los Partido Patria Querida (PPQ) y Partido Popular Tekojoja, que tendrá sus elecciones internas el 30 de diciembre.
 
Los medios de comunicación que infrinjan el plazo establecido serán castigados con la pena de un mes a seis meses de penitenciaría o multa equivalente a cien jornales mínimos, según el artículo 324 del Código Electoral.
 
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