Desde hoy se podrán presentar candidaturas para integrar Juntas Cívicas

 

Siguiendo con lo dispuesto en el Cronograma Electoral, del sábado 16 al lunes 18 de febrero será el plazo para dicha presentación ante el Tribunal Electoral de cada circunscripción. 

 

 

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Siguiendo con lo dispuesto en el Cronograma Electoral, del sábado 16 al lunes 18 de febrero será el plazo para dicha presentación ante el Tribunal Electoral de cada circunscripción.

Dando cumplimiento a lo que expresa el Cronograma Electoral dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y basado en lo que estipula el artículo 34 de la ley 635/95; desde hoy sábado 16 hasta el lunes 18 de febrero, se prevé la presentación de los candidatos a miembros de las Juntas Cívicas.

Las agrupaciones políticas que pugnarán en las Elecciones Generales del 21 de abril de 2013 podrán presentar a sus candidatos ante el Tribunal electoral de cada circunscripción electoral. Mientras que hasta el 21 de febrero será la integración de las Juntas Cívicas.

El Art. 34 de la Ley 635/95, que habla de la composición y duración, menciona que “Constarán de cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, y serán integradas sesenta días antes de las elecciones, extinguiéndose treinta días después de los comicios, y sus funciones constituirán carga pública.

Los miembros de las Juntas Cívicas serán designados por los Tribunales Electorales que correspondan a propuesta de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales, en proporción con el resultado que hubieren obtenido en las últimas elecciones para el Congreso Nacional, para lo cual se adoptará como base la representación que tuvieren en la Cámara de Senadores”.

Según el Art. 36, incisos “d” y “e”, se establecen entre las funciones de las Juntas Cívicas “Recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la realización de las elecciones”.

Así como “Recoger todos los elementos utilizados en el acto eleccionario luego de finalizado el mismo, y entregarlo bajo inventario al Juez Electoral de su jurisdicción”.

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