Resuelven integración de Juntas Cívicas de Capital y Central

TEC, Primera Sala integró las Juntas Cívicas en los 6 distritos de Capital y los 19, del departamento Central.

 

TEC, Primera Sala integró las Juntas Cívicas en los 6 distritos de Capital y los 19, del departamento Central.

El Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, resolvió integrar las Juntas Cívicas para Capital, en los distritos de La Catedral, La Encarnación, La Recoleta, San Roque, Santísima Trinidad y Zeballos Cué.

En el Departamento Central, se conformaron las Juntas Cívicas de los 19 distritos electorales, que son Aregua, Capiatá, Fernando de la Mora, Guarambaré, Ita, Itagua, J.A. Saldivar, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano Roque Alonso, Nueva Italia, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villeta, Ypacarai e Ypane.

El Cronograma Electoral del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), en su Resolución N° 3/ 2012, manifiesta que la integración de la Junta Cívica será realizada por los Tribunales Electorales hasta hoy jueves 21 de febrero, tal como lo establece el Art. 34 de la Ley 635/95.

Dicha normativa establece que la Junta Cívica “Constarán de cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, y serán integradas sesenta días antes de las elecciones, extinguiéndose treinta días después de los comicios, y sus funciones constituirán carga pública.

Los miembros de las Juntas Cívicas serán designados por los Tribunales Electorales que correspondan a propuesta de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales, en proporción con el resultado que hubieren obtenido en las últimas elecciones para el Congreso Nacional, para lo cual se adoptará como base la representación que tuvieren en la Cámara de Senadores”.

Según el Art. 36, incisos “d” y “e”, se establecen entre las funciones de las Juntas Cívicas “Recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la realización de las elecciones”.

Así como “Recoger todos los elementos utilizados en el acto eleccionario luego de finalizado el mismo, y entregarlo bajo inventario al Juez Electoral de su jurisdicción”.

Esta obra de Justicia Electoral está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional.