Movimientos Políticos fenecieron al concluir comicios generales

Quince movimientos ya no podrán ejercer como nucleación política. El Código Electoral en su art. 78 (inciso d) de la Ley N° 834, establece que una vez finalizada las Elecciones, los Movimientos Políticos se extinguen, pierden su personería jurídica.

 

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El Director de Partidos y Movimientos Políticos de la Justicia Electoral, José Guggiari, manifestó que el Código Electoral establece claramente que los Movimientos Políticos fenecen luego de las elecciones que motivaron su creación.

Una vez finalizada la proclamación de candidaturas y si existiese interés en algunos de los integrantes o del Movimiento propiamente para presentarse en los próximos comicios, deberán iniciar nuevamente todos los trámites pertinentes,  a partir de la convocatoria para los comicios municipales del 2015.
 
Guggiari indicó que concluido el plazo ya no pueden  operar bajo la denominación de esa nucleación política, al igual que las Alianzas también desaparecen al finalizar las elecciones, quedando exenta de esta disposición la Concertación Electoral.
 
En total son quince las agrupaciones políticas  que expiraron tras las Elecciones Generales del 21 de abril pasado; el Movimiento de los Trabajadores, Movimiento Independiente Institucional, Movimiento Kuña Pyrenda, Movimiento Propuesta por la Soberanía Nacional, Movimiento Independiente Constitucionalista en Alianza, Movimiento Democrático Independiente Participativo, Movimiento 20 de abril y Movimiento Independiente Regional Oportunidad para todos.
 
Igualmente, el Movimiento Despertar Ciudadano, Movimiento Unidad Democrática para la Victoria, Movimiento Integración Nacional (no realizó internas), Movimiento Nacional Pluralista y Participativo “30 de Agosto”, Movimiento Poder Ciudadano en Acción, Movimiento Pueblo en Acción, Movimiento Independiente Regional para el Pueblo y el Movimiento Más Paraguay.
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