Hasta la fecha rige periodo de presentación de nómina de veedores para comicios municipales de setiembre

La acreditación se realiza ante las Juntas Cívicas de los distritos de Yby Yaú, Villa Florida, Villa San Isidro Curuguaty, Ñemby y José Leandro Oviedo cuyos pobladores se preparan para elegir intendente.
 

Hasta este jueves 29 de agosto hay tiempo para la presentación de la nómina de veedores por parte de las agrupaciones políticas que presentarán candidatos a intendente de los distritos de Yby Yaú, Villa Florida, Villa San Isidro Curuguaty, Ñemby y José Leandro Oviedo. La acreditación se realiza ante las respectivas Juntas Cívicas.
 
El artículo 189 de la Ley 834 dispone, “Cada partido, movimiento político o alianza que presente candidaturas podrá designar un veedor titular y otro suplente ante cada mesa receptora de votos. La nómina será presentada ante la Junta Cívica respectiva con diez días de anticipación cuanto menos, a la fecha de las elecciones, con indicación del número de orden en el padrón electoral de cada uno de ellos. La autoridad electoral deberá verificar la condición de elector de los mismos dentro de los cinco días de su presentación. Si así no lo hiciere, la verificación quedará operada de pleno derecho y se tendrán por válidos los veedores propuestos. La Junta Cívica respectiva expedirá al veedor el documento habilitante en el que deberán constar: nombre y apellido del veedor, número de cédula de identidad, número de orden en el Padrón Electoral y número de la mesa en la que cumplirá su función, con fecha y firma del Presidente”.
 
Por otra parte, hasta el 5 de setiembre está vigente el periodo de propaganda electoral en los referidos municipios donde los comicios se realizarán el domingo 8 de setiembre según el artículo 290 de la legislación electoral.
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