Movimiento 20 de Abril inició etapa preparatoria para convertirse en partido político

La Dirección  de Partidos Políticos de la Justicia Electoral brinda todo el asesoramiento al Movimiento 20 de Abril para iniciar la etapa preparatoria para la constitución de partido político, en base al artículo 17 de la Ley 834 Código Electoral, que establece los requisitos para el procedimiento.
 

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El Director de la citada dependencia electoral, César Rossel, explicó que para la constitución de un partido político,  durante la tarea preparatoria, los propiciadores de la agrupación, que no sean menor de cien ciudadanos, deberán acercar una escritura púbica que incluya nombre y apellido, domicilio, número de cédula de identidad, número de inscripción en el Registro Cívico Permanente y la firma de los proponentes.
 
Además deberá presentarse, la declaración para constituirse de movimiento a partido político; la denominación, bases ideológicas y programas de carácter democrático; debiendo constar los principios, fines y la voluntad propia; el estatuto provisorio y la integración de autoridades provisionales.
 
Para informar y orientar acerca del proceso, el funcionario de la Dirección de Partidos Políticos, Hugo Cazal, se acercó hasta la sede legislativa para conversar con el senador Miguel Ángel López Perito y el apoderado Emiliano López, como  representantes del Movimiento 20 de Abril.
 
Cazal explicó que una vez que se recaben todas las documentaciones requeridas, deberán presentarse ante el Tribunal Electoral de la Capital y el trámite será de conformidad a lo dispuesto en la ley. Posteriormente, el Tribunal autorizará el inicio de los trabajos de organización y proselitismo para su reconocimiento.
La tramitación de reconocimiento tendrá una duración de 2 años de plazo, señaló el funcionario. 
 
 
César Rossel, director de Partidos Políticos de la Justicia Electoral
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