Agrupaciones políticas reconocidas deben establecer cronograma electoral y convocar a Elecciones Internas

La Dirección de Partidos y Movimientos Políticos acompaña con asesoramiento en materia electoral a los Partidos y Movimientos Políticos, Alianzas y Concertaciones que pugnarán por cargos de Intendente y Miembros de Juntas Municipales.

Atendiendo al Cronograma Electoral establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), los Tribunales Electorales tienen plazo para reconocer a los Movimientos Políticos, hasta este lunes 6 de julio.

Todas las agrupaciones políticas que reciben el reconocimiento a sus respectivas peticiones por parte de los Tribunales Electorales competentes, deberán elaborar su propio Cronograma Electoral y Convocar a Elecciones Internas a realizarse el próximo 26 de julio, atendiendo a que esa fecha fue establecida para los comicios en forma simultánea de todas las nucleaciones políticas, informó la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos.

Los movimientos políticos son de carácter transitorio y departamental. Luego de los comicios que motivaron su creación, desaparecen y deben cesar sus actividades administrativas y proselitistas, pueden sin embargo, optar por convertirse en partido político o reiniciar los trámites de reconocimiento de un nuevo movimiento político, ante los tribunales electorales.

El Tribunal Electoral de la Circunscripción de Alto Paraná y Canindeyú, con asiento en Ciudad del Este, reconoció a 38 Movimientos Políticos, 48 Concertaciones y 4 Alianzas, que participarán de las Elecciones en distintos distritos de los citados departamentos del país. Alto Paraná cuenta con 22 Municipios y Canindeyú con 13 Distritos, en cada uno se elegirán Intendentes y Concejales.

Cabe recordar que el plazo para el reconocimiento de Alianzas y Concertaciones, feneció el domingo 5 de julio. A partir de ahora, estas agrupaciones deben organizar sus comicios internos para oficializar el 26 de julio, candidaturas que luego entrarán en la contienda electoral del 15 de noviembre de este año.

En cuanto a las Alianzas, se concertará entre partidos políticos, previa aprobación de sus respectivas asambleas, convenciones o congresos. En tanto, para que una Concertación quede perfeccionada, los partidos y movimientos políticos que deseen integrarla, deberán acordar a través de un órgano nacional autorizado, igualmente, por sus respectivas asambleas, convenciones o congreso.
Esta obra de Justicia Electoral está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional.