Tendrán preferencia para votar el domingo personas con discapacidad, embarazadas y adultos mayores

Los Artículos 207 y 217 de la Ley 834/96 Código Electoral que disponen entre otras cosas que los electores con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas y mujeres con lactantes en brazos deben tener prioridad para votar, serán aplicados este domingo 17 de diciembre.

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El Artículo 207 de la Ley 834/96, Código Electoral Paraguayo establece que; los electores votarán en el orden de su llegada, para cuyo efecto deberán formar fila de a uno. La mesa de votación dará preferencia a las mujeres embarazadas  y personas con discapacidad, enfermos, electores mayores de setenta y cinco años, autoridades electorales y candidatos.

Igualmente el Artículo 217, de la misma ley, señala que las personas con discapacidad que estén impedidas para marcar los boletines de voto e introducirlos en la urna electoral, podrán ser acompañadas por una persona de su confianza.

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