TSJE determina inscripción y formalización de candidaturas en los Tribunales Electorales de la Capital

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) mediante Resolución N° 374/2017 reglamentó el cumplimiento del Artículo 15, inciso “e” de la Ley 635/95 Que Reglamenta la Justicia Electoral, por la que se determina competencia del Tribunal Electoral de la Capital (TEC) Primera y Segunda Sala, inscribir las candidaturas a cargos electivos nacionales y departamentales así como la de sus respectivos apoderados.

Igualmente el cumplimiento del Art. 165 de la Ley 834/96 Código Electoral Paraguayo referente a  las reclamaciones sobre candidaturas deberán presentarse en los Tribunales Electorales respectivos.

El TEC Primera Sala tiene como competencia inscribir las candidaturas para Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores y las candidaturas departamentales de la Capital, Central, Concepción, San Pedro, Guairá, Caazapá, Itapúa y Misiones. Así también la inscripción de sus respectivos apoderados.

Por su parte, el TEC Segunda Sala, recibe las candidaturas para Parlamentarios del Mercosur y las candidaturas departamentales de Cordillera, Caaguazú, Paraguarí, Alto Paraná, Ñeembucú, Amambay, Canindeyú, Presidente Hayes, Alto Paraguay, Boquerón e igualmente de sus apoderados.

En lo que respecta a los reclamos sobre estas candidaturas, los mismos deben ser presentados ante el Tribunal Electoral de la circunscripción correspondiente como determina el Artículo 165, de la Ley 834 /96 Código Electoral Paraguayo.

Del 18 de diciembre del presente año, al 31 de enero de 2018, se podrá presentar las candidaturas con los documentos correspondientes ante la Secretaría del Tribunal Electoral de la Capital competente. Este periodo de tiempo está enmarcado en el   Cronograma Electoral elaborado por el TSJE para las Elecciones Generales y Departamentales del 22 de abril del próximo año.


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