Movimiento político Cruzada Nacional solicitó asistencia para convertirse en partido

En representación del Movimiento político Cruzada Nacional, Fernando Ferreira, recibió asesoramiento técnico respecto a los requisitos y el procedimiento que deberán realizar los simpatizantes de dicha agrupación política para constituirse en Partido político.

Movimiento político Cruzada Nacional solicitó asistencia para convertirse en partido

Las instrucciones sobre tareas preparatorias, establecidas en el Artículo 17 de la Ley 834/96 Código Electoral Paraguayo,  fueron brindadas por funcionarios de la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos.

Como primera medida, para iniciar el proceso de constitución de un partido político, sus propiciadores, en número no menor de cien ciudadanos,  deberán reunir los siguientes documentos:

a) nombre y apellido, domicilio, número de cédula de identidad, número de inscripción en el Registro Cívico Permanente y firma de los comparecientes.

b) declaración de constituir un partido político en formación.

c) denominación, bases ideológicas y programáticas de carácter democrático que individualicen al partido político cuya constitución se proyecta y,

d) estatuto provisorio, la constitución de las autoridades provisionales, el domicilio del partido político en formación y la designación de sus apoderados.

Igualmente, para su reconocimiento un partido político, deberá presentar un registro de afiliados equivalente al 0,5% de los votos obtenidos en las últimas elecciones, cifra que representa actualmente cerca de 11.600 afiliados.

Los referentes de las agrupaciones sociales interesadas en conformar  un movimiento o partido político, se pueden acercar a la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos de la Justicia Electoral, ubicado en la sede central, Avda. Eusebio Ayala y Santa Cruz de la Sierra para más información se pueden comunicar al (021) 618-0573  o al (021) 618-0344.

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