Conformarán Juntas Cívicas para Elecciones Municipales

Entre el martes 25 y el viernes 28 de julio de 2023, las organizaciones políticas deberán presentar la nómina de candidatos para miembros de las Juntas Cívicas conforme a la Ley N° 635/95 para las Elecciones de Intendentes de varios distritos de la República a fin de completar el periodo 2021 – 2026.

Conformarán Juntas Cívicas para Elecciones Municipales

La presentación de los nominados se hará ante el Tribunal Electoral de la circunscripción competente de 07:00 a 13:00h según lo que establece Resolución TSJE N° 3/2023, por la que se aprueba el Cronograma Electoral para las Elecciones de Intendentes en los distritos de San Alfredo, Departamento de Concepción; San Pedro del Ycuamandiyú, Departamento de San Pedro; Santa Elena,Tobatí, Isla Pucú ubicadas en Cordillera y en Caazapá el distrito de Abaí.

Así también se elegirán nuevos jefes comunales en las ciudades de Cambyretá y José Leandro Oviedo, Departamento de Itapúa; Ybycuí y Sapucaí en Paraguarí, Santa Rita en Alto Paraná además en Central, Capiatá y Villa Elisa.

Las Juntas Cívicas son organismos electorales auxiliares que deben ser integrados por cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes extinguiéndose treinta días después de los comicios. Los miembros serán designados por los Tribunales Electorales de la circunscripción correspondiente a propuesta de las organizaciones políticas, según el Art. 34, de la Ley N° 635/95 Que Reglamenta la Justicia Electoral y sus leyes modificatorias.

Además, el Art. 36 de la citada Ley cita las funciones de las Juntas Cívicas entre ellas; proponer al Juez Electoral los locales de votación, a los integrantes de las mesas electorales y velar para que los designados concurran a cumplir su cometido, acreditar a los veedores designados por los respectivos apoderados, recibir y organizar la distribución de los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la realización de las elecciones.

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