La democracia participativa no constituye un elemento de presión indebida a las autoridades, dijo asesor del Tribunal de Justicia Electoral
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- Publicado: Miércoles, 17 de Agosto de 2011 11:49
- Escrito por Violeta Morinigo
Mucha expectativa genera entre los paraguayos residentes en el extranjero Referéndum del 9 de octubre
Respondiendo a las preguntas mas frecuentes que suele hacer la ciudadanía podemos decir que; podrán votar los paraguayos inscriptos en el Registro Cívico Permanente antes del 30 de diciembre de 2010. Debido a que el padrón se confecciona en base al registro cívico permanente del año anterior que fuera sometido al periodo de tachas y reclamos. Están inscriptos 3.045.191 ciudadanos y cada elector deberá votar en el local donde lo hace habitualmente, dijo el asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral María Ljubetic durante el panel debate “Voto de paraguayos en el extranjero” realizado recientemente en nuestro país.
Una figura jurídica nueva para nosotros y considerando que el porcentaje de participación de electores ese día dependerá casi exclusivamente de la voluntad ciudadana, la Justicia Electoral inicio una serie de paneles, cursos de capacitación y seminarios para difundir todo lo que respecta a esta elección.
El Referéndum es una elección a través de la cual el cuerpo electoral de un país o región expresa su voluntad respecto a una decisión que sus representantes constitucionales o cuerpos legales someten a su consideración. Por lo general la forma de manifestación es SI o NO en respuesta a una pregunta planteada por el órgano electoral.
Es un mecanismo de la democracia semi directa y en la actualidad complementa el régimen democrático representativo potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.
El Referéndum convocado para el 9 de octubre próximo tiene dos componentes fundamentales:
El primero es el Referéndum en sí mismo:
Como figura emblemática de la democracia participativa y
El segundo es el objeto del Referéndum:
Que es el otorgar la calidad de elector a los paraguayos residentes en el exterior.
“La democracia participativa no constituye un elemento de presión indebida a las autoridades, sino mas bien induce a una ciudadanía activa que no se limite a participar de las elecciones sino que se constituya en contralor de las acciones de gobierno, en custodio del comportamiento de los representantes electos y finalmente en arbitro del futuro político de cada uno de los representantes”, dijo Ljubetic