Aclaración a la opinión pública

El Tribunal Superior de Justicia Electoral aclara que la Ley Electoral, que rige el Referéndum, NO establece ninguna restricción sobre las actividades sociales los días sábado 8 y domingo 9 de octubre fecha de celebración de las votaciones.

Por lo tanto, el alto organismo electoral informa que todas las actividades sociales, comerciales y/o deportivas para el día sábado 8 y domingo 9, NO están prohibidas.

Sin embargo, el TSJE determinó algunas prohibiciones en razón al orden público y el normal desarrollo de las votaciones el día domingo 9 de octubre que si contempla la Ley Electoral como ser: El ingreso de personas al local de votación en estado etílico o con armas de fuego. Las violaciones a estas prohibiciones configuran una falta grave y podrán ser pasibles de pena privativa de libertad y multa.

Así mismo, la aglomeración de personas solo podrá realizarse a 200 metros de distancia de los locales de votación.

Para el normal desarrollo de la jornada cívica electoral fiscales y jueces electorales estarán observando y fiscalizando, en todo el país, las votaciones del domingo 9 de octubre hasta su finalización.

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