Partidos Políticos podrán realizar Propagandas Electorales hasta dos días antes de internas

Según establece el artículo 290 de la Ley 834 del “Código Electoral Paraguayo”, la propaganda electoral tendrá una duración de 30 días, mientras que para los medios masivos de comunicación no podrá exceder de 10 días

 

Para los comicios internos se establece que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de 30 días, en tanto que para los medios masivos de comunicación la normativa señala que no podrá exceder de 10 días, contados retroactivamente desde 2 días antes de cada elección en ambos casos, según determina el artículo 290 de la Ley 834 del “Código Electoral Paraguayo”.

 
Los Movimientos internos de la Asociación Nacional Republicana (ANR) podrán realizar propagandas electorales desde el  miércoles 7 de noviembre hasta el jueves 6 de diciembre de 2012, en tanto que los medios masivos de comunicación rige desde el 27 de noviembre hasta el 6 de diciembre del corriente, aclaró el Lic. Luis Salas, asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
   
Indicó que el mismo mecanismo se establece para las Elecciones Internas del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Democrático Progresista (PDP) y Patria Querida (PPQ), el 16 de Diciembre de 2012. 
 
Continúa con el Partido País Solidario (PPS) y Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), cuyas internas se realizarán el domingo 23 de Diciembre de este año. 
 
Para las elecciones dentro del Partido Popular Tekojoja (PPT) y Social Demócrata (PSD), se establecen los mismos plazos en cuanto a Propaganda Electoral.
 
La disposición legal de la Ley N° 635 establece que los Fiscales Electorales actuarán de oficio o a instancia de parte en las faltas electorales, además de participar del control patrimonial y la fiscalización del funcionamiento de los Partidos, Movimientos Políticos y Alianzas Electorales. 
 

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