Movimientos internos de la ANR están habilitados para realizar propagandas electorales

 

Según establece el artículo 290 de la Ley 834 del “Código Electoral Paraguayo”, la propaganda electoral tendrá una duración de 30 días, mientras que para los medios masivos de comunicación no podrá exceder de 10 días, contados retroactivamente desde 2 días antes de cada elección en ambos casos.
 

 

Los Movimientos internos de la Asociación Nacional Republicana (ANR) podrán realizar propagandas electorales desde hoy miércoles 7 de noviembre hasta el jueves 6 de diciembre de 2012, en tanto que en los medios masivos de comunicación rige desde el 27 de noviembre hasta el 6 de diciembre del corriente, señaló la Dra. Norma Cristaldo, Fiscal Electoral.
 
El mismo mecanismo se establece para las Elecciones Internas del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Democrático Progresista (PDP) y Patria Querida (PPQ), el 16 de diciembre de 2012. 
 
Continúa con el Partido País Solidario (PPS) y Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), cuyas internas se realizarán el domingo 23 de diciembre de este año. 
 
Las elecciones del Partido Popular Tekojoja (PPT) y Social Demócrata (PSD), previstas para el 30 de diciembre, se establecen los mismos plazos en cuanto a Propaganda Electoral.
 
Las violaciones a las normativas electorales establecidas en la Ley N° 834/96 del “Código Electoral Paraguayo”, serán remitidas a las unidades Fiscales en lo Electoral y Penal, respectivamente.
 

Unite al canal de la Justicia Electoral en WhatsApp

Buscar noticias

Accesibilidad