Justicia Electoral aclara que modificaciones de datos personales en el RCP se puede realizar en caso de cambio de estado o decisión judicial
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- Publicado: Viernes, 30 de Noviembre de 2012 11:55
- Escrito por Hernan Burguez
Este viernes fenece el plazo para rectificar identidad personal y el domicilio.
Toda persona que haya sufrido modificaciones de su nombre y el de su domicilio por “cambio de estado o decisión judicial”, tiene tiempo hasta este viernes 30 de noviembre para consultar, a través del portal web de la Justicia Electoral o llamando al 6180111, y solicitar la rectificación de sus datos personales. Dentro de ese contexto, la Justicia Electoral aclara que el periodo de tachas y reclamos es para dicho efecto, no así para el local de votación que se la ha asignado durante la campaña de inscripción nacional al Registro Cívico Permanente con miras a las Elecciones Generales del 21 de abril de 2013.
El artículo 150 de la Ley 834/96 establece que “El inscripto deberá presentarse ante el Registro Electoral Distrital para comunicar las modificaciones que sufrieren su nombre por cambio de estado o decisión judicial, y el de su domicilio, debiendo exhibir los documentos correspondientes para la consignación de la corrección en el Registro Cívico Permanente”.
En ese sentido, el asesor técnico del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Lic. Luis Alberto Salas, explicó que la consulta y verificación de los datos personales de las personas inscriptas en el Registro Cívico Permanente es en el caso de que hayan sufrido modificación por resoluciones judiciales, sentencias o interdictos. “Por ejemplo, una mujer que no esté conforme con figurar con el apellido del cónyuge, o una persona soltera que pasó al estado casado, o personas que tuvieron problema judicial y lo solucionaron”, señaló Salas.
Lic. Luis Salas, Asesor Técnico del TSJE.
