TEC, Segunda Sala, no hizo lugar a dos demandas de nulidad contra el Tribunal Electoral Partidario de la ANR
- Detalles
- Publicado: Jueves, 6 de diciembre de 2012 11:25
- Escrito por Hernan Burguez
Las acciones fueron promovidas por los Movimientos “Proyecto Convivencia Ciudadana ANR-2008/58” y “Acción Nacionalista Republicano (M-GANAR)”.
El Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala, integrado por los magistrados Patricia Blasco, Alejando Herrera Duarte y Myriam Cristaldo, resolvió no hacer lugar a dos acciones de nulidad promovidas por dos movimientos políticos dentro de la Asociación Nacional Republicana (ANR), contra el Tribunal Electoral Partidario (TEP) del Partido Colorado.
Una de las demandas fue promovida por el “Proyecto Convivencia Ciudadana ANR-2008/58”, contra la Resolución N° 1313 del 19 de noviembre de 2012 dictada por el Tribunal Electoral Partidario de la ANR, que “excluye de la distribución de autoridades de mesas al citado movimiento afectado por transgresión de los artículos 56,89 y 90; del Reglamento Electoral, en concordancia con el artículo 177 del Código Electoral…”, y otros artículos de la Constitución Nacional, refiere el Acuerdo y Sentencia N° 90/12 emitido el 6 de diciembre de 2012.