El 20 de marzo se inicia el plazo para difusión de propaganda electoral en medios de comunicación

El Código Electoral paraguayo establece el tiempo; así como las limitaciones para la difusión de la Propaganda Electoral.

El Código Electoral paraguayo establece el tiempo; así como las limitaciones para la difusión de la Propaganda Electoral.

El plazo para la difusión de propaganda electoral en los medios masivos de comunicación social se inicia el miércoles 20 de marzo y culmina el 18 de abril del corriente año.

La ley 834/96 del Código Electoral paraguayo, en su artículo 290, bajo el título “De las Propagandas” señala que “La propaganda electoral a través de los medios masivos de comunicación social se extenderá por un máximo de treinta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios”.

En cuanto a las limitaciones para la difusión de propaganda electoral, el Código Electoral paraguayo en su artículo 301 contempla que “La propaganda estará limitada, por partido, movimiento político o alianza, a no más de media página por edición o su equivalente en número de centímetros de columna, en cada uno de los periódicos y revistas.

En lo que respecta a la propaganda por televisión o radio, cada partido, movimiento político o alianza tendrá derecho a un máximo de cinco minutos por canal o radio, por día”.

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