Analizan temas sobre Logística y Recursos Electorales durante reunión

Integrantes de la Comisión de Reforma del Código Electoral evaluaron el capítulo IV de la compilación de leyes y sus respectivos artículos que hablan de los equipos y útiles electorales utilizados durante los comicios organizados por la Justicia Electoral.
 

Analizan temas sobre Logística y Recursos Electorales durante reunión

El Director de Recursos Electorales, Alberto Muñoz explicó el planteamiento realizado sobre algunas modificaciones que hacen a la organización de las elecciones, teniendo en cuenta que existen algunos artículos desfasados, que afectan  el área de logística, ya que retrasa el traslado de materiales electorales a los locales de votación.
 
El artículo 104 de la ley 834,  señala que la casilla electoral estará compuesta de dos tableros de madera de 210 cm por 100 cm, en el que se instalará una repisa y un bolígrafo. En frente tendrá una cortina de tela opaca de 1.30 por 1.30 metros.
 
En tanto que el artículo 105, establece que las casillas electorales, una vez celebrados los comicios serán desmontados y depositados bajo responsabilidad de la respectiva autoridad electoral.
 
Alberto Muñoz señaló también, que ambos artículos deben ser modificados, debido que implica el traslado de las casillas de maderas; agregó que actualmente se usan de cartón, y que esta modalidad tiene que ser oficializada.
 
Las casillas de cartón son utilizadas por la practicidad en el traslado, atendiendo a que la Justicia Electoral se encarga del envío de toneladas de materiales electorales en época de comicios.
 
Durante el encuentro evaluaron la posibilidad de modificar el punto referente a otorgar una mayor responsabilidad al funcionario electoral designado para trabajar en los locales de votación. El objetivo es lograr que sea más operativo y capaz de solucionar los inconvenientes que pudieran surgir, de esta manera se podrán eliminar las Juntas Cívicas, indicó el Director de Recursos Electorales.
 
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