Por Resolución del TSJE, dos funcionarios firmarán talonario de inscripción

Ante duda respecto al domicilio del elector que solicita ser registrado, la ley faculta al inscriptor a pedir un certificado de residencia, al Juzgado de Paz local.

Por Resolución del TSJE, dos funcionarios firmarán talonario de inscripción

Autoridades de la Justicia Electoral, encabezadas por el Director General del Registro Electoral, Abg. Carlos María Ljubetic; y el Vicedirector Luis Alberto Mauro, se reunieron con funcionarios de las 19 Oficinas Distritales del departamento Central, donde se concentra aproximadamente el 38% del electorado nacional.

Durante el encuentro se instó  a los presentes a trabajar por mantener la credibilidad del Padrón Nacional y a cumplir con las nuevas disposiciones emanadas del máximo organismo electoral del país.

En este contexto, desde este lunes, comenzarán las visitas a las cabeceras departamentales para mantener similares jornadas informativas con  los responsables de las  Oficinas Distritales de todo el territorio nacional para aclarar las dudas que pudieran surgir con respecto al nuevo mecanismo de inscripción, dispuesto tras la auditoría iniciada ante sospechas de fraudes en las reinscripciones.

Por otra parte, una vez concluida la auditoría de las reinscripciones dudosas realizadas en la Capital, se extenderá al interior del país hasta corroborar los 25 mil traslados hechos desde el inicio de la presente Campaña Nacional de Inscripción; precisó Ljubetic.

Precisamente, por Resolución N° 129 del TSJE, a partir de ahora tanto las inscripciones como las reinscripciones al Registro Cívico Permanente (RCP), se realizarán con la firma de dos funcionarios inscriptores que provengan de nucleaciones políticas partidarias distintas, los cuales deberán estar registrados ante la Dirección del Registro Electoral.

La misma disposición refiere que “todo ciudadano que solicite su inscripción o reinscripción al RCP, obligatoriamente, deberá firmar una Declaración Jurada de Residencia, asumiendo la responsabilidad penal por la declaración de mala fe”.

Se suspenden igualmente, la reinscripción, tanto informatizada como convencional, fuera de la oficina del Registro Electoral Distrital (RED), y en consecuencia, todo ciudadano que solicite su cambio de lugar de votación al RCP, se deberá presentar para el efecto al local del registro que le corresponde.

Con esto se busca dar un blindaje a todo lo que se pretende hacer, y dar oportunidad a los funcionarios de sentirse respaldados al momento de realizar su trabajo, así lo anunció el director del DGRE Carlos María Ljubetic, quien recordó igualmente que ante dudas respecto al domicilio del elector, por amparo de la ley se les puede exigir la constancia de residencia emanada del Juzgado de Paz local.


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