Juzgados Electorales resolverán hasta el 20 de febrero los pedidos de tachas de inscripciones

El Código Electoral - Ley N° 834/96, en su artículo N° 147 establece que presentado un reclamo o deducida una tacha por escrito, el Juez Electoral los resolverá hasta el 20 de febrero de cada año, debiendo al efecto citar a los interesados a una audiencia verbal, en la que éstos deberán producir las pruebas que tuvieren, y lo resolverá el incidente dentro del término señalado por este artículo.

El Juzgado Electoral de la Capital 1° turno, a cargo de la Jueza Fabiana Marín, cuenta con las peticiones de verificación de inscripciones, que han sido presentadas a la Justicia Electoral, por lo que realiza los procedimientos pertinentes para cumplir con el plazo determinado.

Las mismas afectan a pocas localidades, en total siete oficinas distritales del Registro Electoral, entre las que se encuentran el distrito de La Recoleta (Capital) con 139 tachas.

Mientras, en el distrito de Loma Grande, departamento Cordillera, el Juzgado Electoral de esa jurisdicción sustancia con audiencias un total de 140 tachas.

Igualmente, en Edelira 4, Alto Paraná, y  La Paz del departamento de Itapúa, un total de 12 tachas fueron presentadas en el mes de enero; en el distrito de Villa Florida, departamento de Misiones, 311 tachas; en el distrito de Domingo Martínez de Irala, Alto Paraná, otros 331 pedidos de tachas de inscripciones al RCP; y en el departamento Ñeembucú, específicamente en los distritos de Desmochado, 46 tachas; y de Villalbín, 63 tachas.

El Código Electoral en su artículo N° 148.- establece además que terminado el periodo de tachas y reclamos, el Registro Electoral Distrital anotará las rectificaciones aceptadas por el Juzgado Electoral en el pliego de publicaciones del año y en el Registro de los años anteriores, debiendo, respecto a este último, anular la inscripción tachada. 

Buscar noticias

Accesibilidad