Justicia Electoral orienta a interesados en constituir agrupaciones políticas
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- Publicado: Lunes, 24 de Marzo de 2014 12:49
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La Dirección de Partidos y Movimientos Políticos recuerda que en el marco de las Tareas Preparatorias, Capítulo I - De la Constitución de los Partidos y Movimientos Políticos, Ley N° 834 - Código Electoral, las organizaciones civiles e interesados pueden recibir orientación en la legalización del proceso constitutivo de los mismos.
La diputada Independiente por Capital, Olga Ferreira de López, interesa en la conformación de una agrupación política, se reunió con el director de Partidos y Movimientos Políticos, Abg. César Rossel, quien brindó orientación sobre los requisitos establecidos por ley.
La legisladora, acompañada de sus asesores, Abg. Fabio Arnaldo Cuevas y Liliana Fratta, se interiorizaron de todos los requerimientos para la constitución de un movimiento con miras a las Elecciones Municipales del 2015, en base a lo que establece el artículo 17 del Código Electoral – Ley N° 834, referente a las “Tareas preparatorias para la constitución de una agrupación política”.
Para crear un Partido Político o Movimiento, y en carácter de tareas preparatorias, sus propiciadores, en número no menor de cien ciudadanos, procederán a extender una escritura pública con todos los requisitos.
El escrito debe contar con datos como el nombre y apellido, domicilio, número de cédula de identidad, número de inscripción en el Registro Cívico Permanente y firmas de los comparecientes.
Asimismo deberá contar con la declaración de constituir un Partido Político en formación, denominación, bases ideológicas y programáticas de carácter democrático que individualicen al Partido cuya constitución se proyecta, además del estatuto provisorio, la constitución de las autoridades provisionales, el domicilio del Partido Político en formación y la designación de sus apoderados.
La aclaración acerca de todos los requerimientos para la creación de agrupaciones políticas se encuentra a disposición de los interesados, sean estos ciudadanos u organizaciones civiles, en la Dirección de Partidos Políticos de la Justicia Electoral.