Planifican estrategias para conseguir mayor participación de personas con discapacidad

Lograr la participación efectiva de todas las personas con discapacidad para que puedan ejercer su derecho al sufragio con mayor facilidad, es uno de los objetivos en el que trabaja la Justicia Electoral.

La Comisión de Voto Inclusivo se reunió con integrantes de la Comisión Coordinadora de Elecciones para establecer los mecanismos de participación de las personas con discapacidad.
 
Por tal razón,  extendieron la invitación a los representantes de la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), de la Comisión Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (CONADIS) y de los Partidos Políticos, para trabajar conjuntamente en esta área e involucrar a todas las personas sin distinción en futuros comicios.
 
La Comisión de Voto Inclusivo se encuentra abocada a la elaboración del proyecto de “Mesa de Atención Preferente” para futuras elecciones, con el propósito de atender de forma directa a las personas con discapacidad, que estará en un lugar visible y de fácil acceso, donde podrán informar sobre la mesa de votación correspondiente, y en caso de ser necesario, acercar la urna a los discapacitados para poder ejercer el derecho al voto, manifestó la directora de Servicios Electorales, Daisy Llano.
 
Durante las Elecciones Generales pasadas, las personas con discapacidad habían propuesto a la Justicia Electoral, mayor tiempo para sufragar; por tal motivo, la Comisión, también analiza aspectos legales para crear un cuarto oscuro especial; de esta manera, tendrán más tiempo y tranquilidad para votar, indicó.
 
Integran la  Comisión de Voto Inclusivo, además de la directora Llano; la Lic. Norma Ibarra, directora de Logística Electoral; el Lic. Iván Giménez, director de Patrimonio; Abg. Liliana Ruíz Díaz, del Centro de Información, Documentación y Educación Electoral (C.I.D.E.E.); y el señor César Arce.
 
La Justicia Electoral busca la inclusión plena de todo ciudadano paraguayo, sin distinción, tal como lo establece el artículo 89 de la Ley 834/96; “el derecho de sufragio se ejerce personalmente, de manera individual, en el distrito en que el elector se halle inscripto y ante la mesa electoral que le corresponda, sin perjuicio de las disposiciones sobre el voto de los interventores”.

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