Ingreso de personas al TSJE serán reglamentadas.
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- Publicado: Martes, 8 de Abril de 2008 00:00
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La entrada a la institución de personas extrañas se limitará a los días hábiles de 7:00 a 19:00 hs.
La entrada a la institución de personas extrañas se limitará a los días hábiles de 7:00 a 19:00 hs.
El Presidente del TSJE, Dr. Rafael Dendia, mediante Resolución Nº 10/2008 de fecha 7 de abril del corriente año, dispuso que la que la entrada a la institución de personas extrañas se limitará a los días hábiles de 7:00 a 19:00 hs. Además, las mismas serán debidamente registradas y acreditadas por el Departamento de Seguridad Civil.
Dicha disposición fue determinada teniendo en cuenta el proceso para las Elecciones Generales a desarrollarse el 20 de este mes, a lo que apuntan todas las labores de la Justicia Electoral.
El objetivo en general es resguardar las actividades competentes a dicho proceso para lo cual es necesario establecer criterios para la entrada de personas a la institución.