Alianzas presentan solicitud de reconocimiento ante Tribunales Electorales de la Capital

El plazo para la petición de reconocimiento de Alianzas y Concertaciones Electorales fenece el próximo viernes 5 de junio, de acuerdo con el Cronograma Electoral establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral, con miras a las Elecciones Municipales del 15 de noviembre de 2015.

Alianzas presentan solicitud de reconocimiento ante Tribunales Electorales de la Capital

La Alianza Frente Independiente, cuyo candidato de consenso es Ricardo Meyer, presentó la solicitud de reconocimiento ante el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, atendiendo a que pugnará por la Intendencia de Asunción; mientras, la Alianza Falcón Para Todos, con la candidatura de Bernardo Centurión, al cargo de Intendente de Puerto Falcón, Chaco, hizo lo propio ante el Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala.

La Justicia Electoral recuerda a los representantes de partidos políticos que concreten Alianzas Electorales para las Elecciones Municipales de noviembre próximo, que deben solicitar al Tribunal Electoral de la circunscripción competente el reconocimiento respectivo.

Mismo trámite deben realizar los partidos y movimientos políticos que acuerden concertaciones de conformidad con el Artículo N° 4 de la Ley 3212/07 “Que amplía las disposiciones del Código Electoral y crea la figura de las concertaciones”.

Dicho apartado legal dispone que; las concertaciones departamentales o distritales deberán presentar al Tribunal Electoral de la circunscripción electoral correspondiente los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta ley para la creación de concertaciones, a los efectos de su inscripción en el registro respectivo.

En cuanto a las circunscripciones legales, las mismas están contempladas en la Ley 635/95 “Que Reglamenta la Justicia Electoral” el Artículo N° 14 de la citada normativa prevé; los Tribunales Electorales tendrán sus respectivas sedes en las ciudades que sirven de asiento a los Tribunales Ordinarios y tendrán igual jurisdicción territorial. En la Capital de la República habrá dos Salas: la Primera con jurisdicción sobre la Capital y el departamento Central; la Segunda, con jurisdicción sobre los departamentos de Cordillera, Paraguarí y la parte del Chaco sujeta a la jurisdicción de la Capital.
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