Justicia Electoral realizará cruce informático con padrones partidarios para determinar quiénes votaron

El procedimiento iniciará recién una vez finalizada la proclamación de los resultados definitivos de las Elecciones Internas de las diferentes agrupaciones políticas, informó el Superintendente del TSJE, Abg. Modesto Núñez; en caso de comprobarse el doble voto de algún ciudadano, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público (Fiscalía Penal) atendiendo a que se trataría de un delito electoral.

La Justicia Electoral apuesta a la transparencia absoluta del proceso electoral con miras a las Elecciones Municipales del 2015. Igualmente trabaja para contribuir en la depuración de los padrones de cada agrupación política, que son Partidos, Movimientos y Concertaciones Electorales.

En ese marco, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) impulsará el cruce informático con los padrones partidarios a fin de verificar si los electores votaron en una sola Interna.

El procedimiento consistirá en comparar el padrón de electores de una nucleación política, con el de otras agrupaciones a fin de determinar las personas que ejercieron el derecho al voto. En caso de comprobarse que un ciudadano votó en más de una Interna, el caso será remitido a la Fiscalía Penal atendiendo a que se trata de un hecho punible.

Los padrones partidarios lo conforman los ciudadanos afiliados en cada organización política. Durante la jornada electoral del domingo 26 de julio, cada uno de los miembros de la Mesa Receptora de Votos procederá a escribir la palabra “Votó” al lado de los datos del ciudadano, luego de depositar el boletín de voto.

El padrón electoral de cada mesa de votación forma parte del expediente electoral, y cada Miembro de Mesa contará con un expediente. Tras finalizada las votaciones y el escrutinio, una copia de ese documento electoral será remitido dentro del Sobre Nº 3, que corresponde al TSJE.

La Justicia Electoral aclara que el cruce informático se realizará recién una vez dada la proclamación definitiva de los candidatos electos por parte del Tribunal Electoral Independiente de cada agrupación política, informó el Superintendente del TSJE.

El organismo electoral no puede realizar la comparación de los padrones antes que se produzca la proclamación de los resultados definitivos, atendiendo a que las Elecciones Internas es competencia exclusiva de los Tribunales Electorales Independientes de cada agrupación política.

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