Inicia plazo para presentación de candidaturas para Miembros de Junta Cívica

En cumplimiento a lo dispuesto por el Cronograma Electoral 2015, con miras a las Elecciones Municipales, a partir de este miércoles 9 hasta el 14 de setiembre, los Partidos, Movimientos Políticos y Alianzas Electorales con representación parlamentaria podrán presentar propuestas de candidatos para conformar la Junta Cívica de cada local de votación; dichas presentaciones se realizarán ante el Tribunal Electoral de la circunscripción competente.

El Artículo 34 de la Ley N° 635/95 del Código Electoral menciona que las Juntas Cívicas son organismos electorales auxiliares de carácter transitorio que prestarán servicio en Distritos y Parroquias en los comicios; los candidatos a miembros serán designados por los Tribunales Electorales que correspondan.

Las Juntas Cívicas serán integradas 60 días antes de las elecciones, de acuerdo con el ordenamiento de la ley.

Los Miembros asignados cumplirán funciones hasta 30 días después de las elecciones; cada Junta Cívica estará conformada por cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes.

Para ser propuesto como miembro se deben reunir los siguientes requisitos; ser paraguayo, gozar del derecho al sufragio y estar inscripto en la sección electoral respectiva; gozar de reconocida honorabilidad en la comunidad y tener cursado por lo menos los estudios primarios completos, de acuerdo con el Artículo 35 de Ley 635/95.

Entre las múltiples funciones que cumplirán, el Artículo 36 de la citada normativa electoral señala; recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la realización de las elecciones. Así como, recoger todos los elementos utilizados en el acto eleccionario luego de finalizado el mismo y entregarlos bajo inventario al Juez Electoral de su jurisdicción, recibir a los integrantes de las Mesas Receptoras de Votos y entregar todos los materiales que se utilizarán en las elecciones mediante actas y estricta seguridad.

Asimismo, deben inspeccionar los locales de votación, también podrán solicitar a las autoridades policiales medidas de seguridad que garanticen el debido proceso eleccionario y sesionar cuantas veces requieran, sus resoluciones serán adoptadas por mayoría.

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