Presencia de agentes electorales es fundamental para garantía y transparencia de unas elecciones

Participación de Miembros de Juntas Cívicas, Miembros de Mesa Receptora de Votos, Veedores, Delegados del TSJE y Apoderados de los candidatos a cargos electivos, permiten el desarrollo normal de la jornada eleccionaria organizada por la Justicia Electoral.

Las Juntas Cívicas, que son conformadas ante los Tribunales Electorales de cada circunscripción competente, se instalarán, en cada local de votación donde se instalen Mesas Receptoras de Voto (MRV).

Las MRV serán integradas de acuerdo con las disposiciones del Código Electoral. Será competente para el efecto el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Los miembros de mesa designados tendrán las obligaciones, las prohibiciones y las atribuciones previstas en la ley. La capacitación de los mismos estará a cargo de los funcionarios designados por el máximo órgano electoral.

La integración de las mesas de votación y la aprobación de los locales de votación serán comunicadas a las Juntas Cívicas.

De acuerdo con las disposiciones comunes establecidas en el Artículo 191 de la Ley N° 834/96, los apoderados de los partidos, movimientos, alianzas y concertaciones, los integrantes de mesa y los veedores gozan de inmunidad el día del acto y no podrán ser detenidos ni molestados por ninguna autoridad de no mediar flagrancia en la comisión de un delito de acción penal pública.

Los apoderados tienen facultades que les asigna el Código Electoral, y serán acreditados igualmente por los Juzgados Electorales. Podrán ser habilitados en cada local de votación, solo dos apoderados titulares y dos suplentes por cada organización política que haya presentado candidatura.

Los veedores también serán acreditados por los Juzgados Electorales, de acuerdo al procedimiento previsto en el Código Electoral, y tendrán las facultades que les otorga la ley.

Por otro lado, el TSJE designará como mínimo un delegado por cada local de votación y sus funciones serán fundamentales para lograr unos comicios impecables. Entre las funciones, recibirá los materiales y útiles electorales de la Dirección General del Registro Electoral (DGRE) y entregará a las Juntas Cívicas. Se encargará de recibir los sobres correspondientes luego de finalizado el escrutinio realizado en la mesa. Deberá cumplir con las instrucciones del TSJE y la Comisión Técnica de las Elecciones Municipales 2015, y resolver, eventualmente, cualquier inconveniente que pudiere surgir durante el desarrollo de la votación.

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