Justicia Electoral da cumplimiento a la Ley que ordena publicación de Modelos de Boletines de Voto

Este domingo 27 de setiembre se prevé la publicación de los Modelos de boletines de voto en Medios de Comunicación escrita de gran circulación; las papeletas están diseñadas con características exclusivas, en los idiomas oficiales de la República y con las medidas de seguridad que garantizan el sufragio de los ciudadanos electores en cada uno de los 250 distritos donde se elegirán Intendentes y miembros de Juntas Municipales (Concejales).

El bilingüismo de la República del Paraguay está presente en el sistema electoral paraguayo y se proyecta con miras a las Elecciones Municipales del 15 de noviembre de 2015.

En ese contexto, la Justicia Electoral elaboró los Modelos de Boletines de Voto en los idiomas oficiales del país, español y guaraní, según se puede apreciar en los materiales electorales que se utilizarán en los próximos comicios.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 173 de la Ley N° 834/96, el cual señala;“Una vez asignados los números y colores en los boletines, la Justicia Electoral ordenará la publicación por una sola vez, en dos diarios de gran circulación, del modelo, número y color de boletín correspondiente a las candidaturas que concurren a la elección”.

Esta normativa se hará efectiva este domingo 27 de setiembre, mediante lo previsto en el Numeral 31 de la Resolución 48/14, por la que se establece el Cronograma Electoral para las Elecciones de Intendentes y Juntas Municipales del año 2015, en lo referente a la publicación del modelo de Boletín de Voto, garantizado de esta manera la observancia plena de las características en los boletines de sufragio detallados en los Art. 170 y 171 respectivamente de la Ley N° 834/96, la cual en sus partes pertinentes establece:

La votación será hecha en boletines únicos divididos en espacios cuadriláteros de cuatro centímetros. Cada espacio tendrá un color y número diferenciado. El color será propuesto por los partidos, movimientos políticos y alianzas reconocido con el número que le sea adjudicado por la Justicia Electoral, los cuales pasarán a ser propiedad exclusiva de los mismos mientras subsistan.

Habrá un solo boletín para el cargo de Intendente Municipal y uno para Junta Municipal respectivamente, con mención de los cargos a ser llenados y el periodo correspondiente.

El contenido y los colores del modelo oficial serán fijados por la Justicia Electoral. En los boletines para cargos uninominales figurarán; el nombre y la fotografía impresa del rostro de los candidatos.

En los boletines para los cargos pluripersonales figurarán; el nombre, la fotografía impresa del rostro del primer candidato y el número de cada Partido, Movimiento Político y Alianza o Concertación Electoral.

La Justicia Electoral, diseñó igualmente nuevas medidas de seguridad para las papeletas; como ser el código QR, que indica el distrito y departamento al cual corresponde cada boletín, el gramaje del papel deberá ser obra primera de 90 gramos, el reverso o dorso de cada boletín de voto debe estar sombreado con las características y colores dispuestos por la Institución y diseños exclusivos sobre el tipo de elección.

El dorso tendrá espacio destinado para la firma de los Miembros de Mesa de votación; los Vocales y el Presidente de mesa conforme a la ley.

Los boletines de voto deberán ser agrupados y enfajados en grupos exactos sobre la cantidad de 300 boletines por candidaturas.

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