A partir del 14 de octubre entra en vigencia periodo de Propaganda Electoral en medios masivos de comunicación

Acorde a la Ley N° 834/96 - Código Electoral Paraguayo, el ciclo de difusión de propagandas electorales con miras a las Elecciones Municipales 2015, en medios radiales, televisivos y prensa escrita, se extenderá hasta el jueves 12 de noviembre.

La Propaganda Electoral a través de los medios masivos de comunicación social se extenderá por un máximo de treinta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, según lo establece el Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales 2015. El mismo se ajusta estrictamente a lo establecido por la Ley 834/96 - Código Electoral Paraguayo.

El Artículo 290 de la normativa citada previamente, señala que la Propaganda Electoral tiene por objeto la difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de los partidos, movimientos políticos y alianzas con la finalidad de concitar a la adhesión del electorado.

En el mismo artículo, se establece el tiempo legal para realizarlas; en ese contexto, el periodo de difusión iniciará este miércoles 14 de octubre y se extenderá hasta el jueves 12 de noviembre.

La Propaganda Electoral estará limitada, por partido, movimiento o alianza política de la siguiente manera: no más de media página por edición o su equivalente en número de centímetros de columna, en cada uno de los periódicos y revistas. En televisión o radio, cada nucleación tendrá derecho a un máximo de cinco minutos por canal o radio, por día, acorde a lo establecido por el Art. 301 de la Ley 834/96.

La Propaganda Electoral es un derecho tanto del electorado como de partidos, movimientos políticos y alianzas; citando el Art. 300 de la misma Ley.

Para la Justicia Electoral la propaganda es de vital importancia; ya que establece el carácter decisivo en los procesos electorales.

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