Se recuerda a la ciudadanía que el periodo de tachas y reclamos es la etapa oportuna para corregir inscripciones en el RCP

Las Oficinas Distritales del Registro Electoral están a disposición de todos los ciudadanos que deseen realizar alguna tacha o reclamo a las inscripciones en el Registro Cívico Permanente (RCP).

Se recuerda a la ciudadanía que el periodo de tachas y reclamos es la etapa oportuna para corregir inscripciones en el RCP

Conforme a la Ley 834/96, que establece en su Art. 144, sobre el periodo de tachas y reclamos durante todo el mes de enero de cada año. Las Oficinas del Registro Electoral, de todo el país, están a disposición de las personas, que deseen realizar o solicitar la corrección o nulidad de su inscripción en el Registro Cívico Permanente.

Funcionarios de las Oficinas Parroquiales del Registro Electoral de Capital se organizan para la atención y recepción de algún requerimiento que planteen los ciudadanos con respecto a las inscripciones que se realizaron durante el 2015.

En el caso de la Oficina Parroquial del Registro Electoral Zona La Encarnación, el Jefe de dicha repartición, Bernardo Fretes, indicó que los funcionarios electorales trabajan para la cobertura de diferentes barrios como Sajonia, Barrio Obrero, Tacumbú, San Antonio, Itá Pytã Punta, entre otros.

El Registro Electoral de Capital comprende seis zonas, La Recoleta, Santísima Trinidad, San Roque, Zeballos Cué, La Catedral y La Encarnación.

Explícitamente; el proceso para verificar las tachas, es excluyendo a una persona del padrón y el procedimiento para un reclamo es solicitando su inclusión al padrón, o gestionar correcciones en los datos.

En ese sentido, cualquier ciudadano paraguayo o extranjero con radicación definitiva en el país, que haya sido inscripto en el RCP, puede tachar a otro que aparezca en el pliego de publicaciones establecido para el efecto.

Los motivos por los cuales se puede tachar a una persona son los siguientes; por defunción de una persona que figure en el RCP, o que tenga una condena firme, que haya fijado domicilio falso en un lugar donde no reside, o cuente con algún tipo de prohibición.

Para realizar todos estos procedimientos, las solicitudes deben estar fundamentadas, considerando que las causales ya están establecidas en el formulario que ofrece la Dirección General del Registro Electoral, por lo que deben ser presentadas por escrito, durante el plazo establecido, que fenece el 31 de enero.

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