Organizaciones Intermedias deben establecer un calendario electoral para la elección de autoridades

Por mandato de la Constitución Nacional las organizaciones, instituciones, sindicatos o asociaciones deben elegir sus autoridades mediante el sufragio y la Justicia Electoral puede brindar ayuda técnica y logística gratuita para garantizar la transparencia del evento.

“La Justicia Electoral tiene un cronograma de requisitos que los partidos políticos, las cooperativas, los clubes sociales, sindicatos y otras organizaciones intermedias puedan elegir a sus autoridades”, explicó César Sánchez, Asesor de la Dirección de Servicios Electorales.

El primer paso es la Convocatoria a las elecciones y recomienda la Justicia Electoral que se realice con 30 días de anticipación.

El segundo paso es la preparación y presentación del padrón electoral y así son los plazos:

 

Con respecto a la presentación de las candidaturas los plazos van de los 13 a los 15 días.

 

Mientras que así deben presentarse los agentes electorales.

El cronograma electoral concluye con la proclamación de las autoridades electas.

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