Desde el lunes se puede difundir propaganda electoral en la vía pública, en Tacuatí
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- Publicado: Sábado, 21 de Mayo de 2016 06:30
- Escrito por Ismael Torres
Se acercan las elecciones en el distrito del departamento de San Pedro y de acuerdo con el Cronograma Electoral, a partir de este lunes 23 de mayo, los partidos y movimientos políticos podrán promocionar candidaturas pero aún no mediante los medios masivos de comunicación.
El artículo 290 de la Ley 834/96 del Código Electoral establece que “el objetivo de la propaganda electoral es la difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de los partidos, movimientos políticos y alianzas con la finalidad de concitar la adhesión del electorado”.
Este lunes 23 de mayo, según el cronograma establecido por la Justicia Electoral con miras a las Elecciones en Tacuatí del 24 de julio, inicia el periodo de 60 días de propaganda electoral mediante afiches, pasacalles, carteles, pintatas, volantes y otras formas de exposición en la vía y los espacios públicos.
En tanto, recién a partir del 22 de junio, 30 días antes de las elecciones, se podrá hacer propaganda mediante los medios masivos de comunicación, ya sean en espacio radiales, televisivos o escritos (diarios, revistas, semanarios, etc.).
En el artículo 290 del Código Electoral se detallan las condiciones que deben cumplir los partidos y movimientos políticos a la hora de promocionar a sus candidatos. Entre otras cosas la propaganda debe estar bien individualizada y no inducir a engaños o confusiones. Si esto ocurre, el partido, la alianza, el movimiento político afectado podrá recurrir al Tribunal Electoral de la circunscripción con las pruebas correspondientes.
Otra de las fechas importantes dentro del cronograma de trabajo con miras a las municipales en Tacuatí, es el 19 de junio, día de Elecciones Internas Simultáneas.
Este lunes 23 de mayo, según el cronograma establecido por la Justicia Electoral con miras a las Elecciones en Tacuatí del 24 de julio, inicia el periodo de 60 días de propaganda electoral mediante afiches, pasacalles, carteles, pintatas, volantes y otras formas de exposición en la vía y los espacios públicos.
En tanto, recién a partir del 22 de junio, 30 días antes de las elecciones, se podrá hacer propaganda mediante los medios masivos de comunicación, ya sean en espacio radiales, televisivos o escritos (diarios, revistas, semanarios, etc.).
En el artículo 290 del Código Electoral se detallan las condiciones que deben cumplir los partidos y movimientos políticos a la hora de promocionar a sus candidatos. Entre otras cosas la propaganda debe estar bien individualizada y no inducir a engaños o confusiones. Si esto ocurre, el partido, la alianza, el movimiento político afectado podrá recurrir al Tribunal Electoral de la circunscripción con las pruebas correspondientes.
Otra de las fechas importantes dentro del cronograma de trabajo con miras a las municipales en Tacuatí, es el 19 de junio, día de Elecciones Internas Simultáneas.