30 de mayo fenece periodo de entrega de nóminas de apoderados y miembros de mesa al TEI liberal

En vista a la aproximación de las elecciones del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) previstas para el 26 de junio, el Tribunal Electoral Independiente (TEI) recepciona la lista de los afiliados que oficiarán de apoderados y miembros de mesa el día de los comicios, teniendo en cuenta las funciones que cumplen facilitando el control y participación de los movimientos en pugna a través de estos representantes.

30 de mayo fenece periodo de entrega de nóminas de apoderados y miembros de mesa al TEI liberal

Según el Cronograma Electoral del 23 al 30 de mayo se prevé la entrega de la nómina por parte de los movimientos internos del PLRA al TEI. Hasta la fecha los departamentos que cumplieron con esta disposición son, Concepción, San Pedro, Cordillera, Guairá, Caaguazú, Caazapá, Capital, Itapúa, Misiones y Paraguarí. Seguido de Alto Paraná, Central y Ñeembucú.

En el transcurso de los días, de acuerdo al orden establecido los demás departamentos como Amambay, Canindeyú, Presidente Hayes, Alto Paraguay, Boquerón, y Exterior deberán realizar también la entrega de sus respectivas listas de apoderados y miembros de mesas.

Tanto los miembros de mesa como los apoderados son designados por el Tribunal Electoral Independiente (TEI) de acuerdo a la nómina propuesta por los distintos movimientos, según el procedimiento fijado en el reglamento electoral vigente.

Los miembros de mesas contarán con total independencia el día de los comicios; entre sus múltiples obligaciones figuran que, deben contar con sus credenciales y mostrar al delegado, apoderados y veedores, instalar la mesa electoral, elaborar y firmar el acta de apertura; colocar en un lugar visible uno o más carteles con el número de mesa, así como los nombres de todos los candidatos, identificando los movimientos.

También tendrán a su cargo resolver los reclamos y dudas que se planteen, controlar que los boletines de votos sean depositados en la urna correspondiente. En el caso de reclamos o protestas de los veedores, los miembros de mesas deberán registrar en un acta y practicar el escrutinio de votos, elaborando el acta correspondiente.

Por su parte, los apoderados representan una candidatura, tienen derecho a entrar al local de votación para el que fueron designados y examinar la votación y el escrutinio; también a formular reclamos y protestas; recibir los certificados de resultados de las mesas del local de votación.

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