Justicia Electoral realizó pago parcial a partidos y concertaciones en concepto de Aporte Estatal
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- Publicado: Viernes, 27 de Mayo de 2016 12:00
- Escrito por Ismael Torres
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió autorizar a la Dirección General de Administración y Finanzas a proceder al pago parcial, en concepto de aporte estatal correspondiente al ejercicio fiscal 2016, y en cumplimiento a la Ley 4743/12 “Que regula el Financiamiento Político”.
En el marco del proceso para su aprobación, previamente la Comisión Asesora de Financiamiento Político del TSJE verificó las documentaciones y concluyó que corresponde, en atención al alto porcentaje de cumplimiento de los expedientes analizados, el pago parcial de aproximadamente el 51% del total a abonar para cada nucleación política.
La Unidad Técnica Especializada en Financiamiento Político y el Dictamen Jurídico elevado por la Dirección de Asesoría Jurídica informaron que se ha realizado la verificación de las documentaciones a fin de determinar el grado de cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66, 70, 72 y demás concordantes de la Ley 4743/2012 concluyendo que en base a las atribuciones conferidas en la Ley 635/95 “Que reglamenta la Justicia Electoral”, corresponde en atención al alto porcentaje de cumplimiento de los expedientes analizados el pago parcial según disponibilidad de plan de caja, hasta un máximo del 60% del total a percibir en concepto de Aporte Estatal correspondiente al presente Ejercicio Fiscal.
La Dirección de Partidos Políticos ha elevado a la Comisión el cálculo del Aporte Estatal 2016, que fuera elaborado en base a las condiciones estipuladas en la ley que rige la materia y el informe de la Unidad Técnica.
Teniendo en cuenta que el Ministerio de Hacienda ha habilitado la suma de Gs. 13.090.000.000, en el nivel 34 – Otras Transferencias, aprobado dentro del presupuesto asignado a la Justicia Electoral por Ley N° 5.554, de fecha 5 de enero del 2016, “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016” y en base al informe de la Unidad Técnica y al Informe Jurídico, la Comisión recomendó proseguir con los trámites administrativos para el pago parcial en el citado rubro.
Es importante recordar que en el Presupuesto General de Gastos de la Nación fue aprobado aproximadamente 43 mil millones en concepto del rubro Aporte Estatal.
Para el pago del monto restante destinado al año en curso, se dará continuidad al análisis de rigor acorde a lo establecido en el artículo 281 de la Ley que rige la materia.
De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia Electoral autorizó a la DGAF a proceder al pago parcial, a cuenta de un monto no mayor al 60%.
Por resolución TSJE N° 104/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Asociación Nacional Republicana (Partido Colorado), un monto de Gs. 5.431.820.294.
Por resolución TSJE N° 105/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), un monto de Gs. 3.786.976.326.
Por resolución TSJE N° 106/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Concertación Frente Guasú, un monto de Gs. 1.097.888.521.
Por resolución TSJE N° 107/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), un monto de Gs. 724.840.821.
Por resolución TSJE N° 108/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Concertación Avanza País, un monto de Gs. 614.392.480.
Por resolución TSJE N° 109/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Encuentro Nacional, un monto de Gs. 569.473.007.
Por resolución TSJE N° 110/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Demócrata Progresista (PDP), un monto de Gs. 533.403.523.
Por resolución TSJE N° 111/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Patria Querida, un monto de Gs. 331.205.029.
La ley de financiamiento político es clara, que solo participarán en esta distribución los partidos políticos que acrediten haber obtenido un número de votos en las últimas elecciones para el Congreso no inferior al dos por ciento del padrón electoral.
La Unidad Técnica Especializada en Financiamiento Político y el Dictamen Jurídico elevado por la Dirección de Asesoría Jurídica informaron que se ha realizado la verificación de las documentaciones a fin de determinar el grado de cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 66, 70, 72 y demás concordantes de la Ley 4743/2012 concluyendo que en base a las atribuciones conferidas en la Ley 635/95 “Que reglamenta la Justicia Electoral”, corresponde en atención al alto porcentaje de cumplimiento de los expedientes analizados el pago parcial según disponibilidad de plan de caja, hasta un máximo del 60% del total a percibir en concepto de Aporte Estatal correspondiente al presente Ejercicio Fiscal.
La Dirección de Partidos Políticos ha elevado a la Comisión el cálculo del Aporte Estatal 2016, que fuera elaborado en base a las condiciones estipuladas en la ley que rige la materia y el informe de la Unidad Técnica.
Teniendo en cuenta que el Ministerio de Hacienda ha habilitado la suma de Gs. 13.090.000.000, en el nivel 34 – Otras Transferencias, aprobado dentro del presupuesto asignado a la Justicia Electoral por Ley N° 5.554, de fecha 5 de enero del 2016, “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016” y en base al informe de la Unidad Técnica y al Informe Jurídico, la Comisión recomendó proseguir con los trámites administrativos para el pago parcial en el citado rubro.
Es importante recordar que en el Presupuesto General de Gastos de la Nación fue aprobado aproximadamente 43 mil millones en concepto del rubro Aporte Estatal.
Para el pago del monto restante destinado al año en curso, se dará continuidad al análisis de rigor acorde a lo establecido en el artículo 281 de la Ley que rige la materia.
De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia Electoral autorizó a la DGAF a proceder al pago parcial, a cuenta de un monto no mayor al 60%.
Por resolución TSJE N° 104/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Asociación Nacional Republicana (Partido Colorado), un monto de Gs. 5.431.820.294.
Por resolución TSJE N° 105/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), un monto de Gs. 3.786.976.326.
Por resolución TSJE N° 106/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Concertación Frente Guasú, un monto de Gs. 1.097.888.521.
Por resolución TSJE N° 107/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), un monto de Gs. 724.840.821.
Por resolución TSJE N° 108/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, a la Concertación Avanza País, un monto de Gs. 614.392.480.
Por resolución TSJE N° 109/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Encuentro Nacional, un monto de Gs. 569.473.007.
Por resolución TSJE N° 110/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Demócrata Progresista (PDP), un monto de Gs. 533.403.523.
Por resolución TSJE N° 111/2016 se autoriza a la DGAF a proceder al pago parcial, al Partido Patria Querida, un monto de Gs. 331.205.029.
La ley de financiamiento político es clara, que solo participarán en esta distribución los partidos políticos que acrediten haber obtenido un número de votos en las últimas elecciones para el Congreso no inferior al dos por ciento del padrón electoral.