Ciudadanos de Caaguazú se acercan a la Justicia Electoral interesados en constituir movimiento político
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- Publicado: Lunes, 8 de Agosto de 2016 07:00
- Escrito por Antonio David Sosa Torres
La Dirección de Partidos y Movimientos Políticos, recibió a representantes de la organización civil con mira a las elecciones generales del 2018.
Funcionarios técnicos de la Justicia Electoral recibieron al Abg. Enrique Villagra Giménez y al señor Gustavo Ferreira, miembros de un grupo de ciudadanos de Caaguazú que busca conformar un movimiento a nivel nacional y así poder impulsar candidatos a cargos electivos.
Los representantes de la organización civil expresaron interés en conocer los pasos legales a seguir para la conformación, elaboración, estructuración y constitución a nivel jurídico, para la creación de movimiento político.
“El asesoramiento recibido, fue de gran valía para nosotros, porque al despejarnos todas las dudas, nos brinda un mejor panorama hacia el desarrollo de nuestros objetivos trazados dentro del movimiento en desarrollo”, enfatizó el señor Gustavo Ferreira.
Los movimientos deben reunir 100 proponentes como mínimo para iniciar las tareas preparatorias; si es un movimiento nacional, la ley exige el 0.50 % de votos que se obtuvieron en sus últimas elecciones generales, también tener asiento en la capital, más en cuatro cabeceras departamentales.
Actualmente, la Justicia Electoral recibe entre dos a tres organizaciones civiles de todo el país que se preparan con miras a las elecciones generales del 2018.
También asiste a seis organizaciones políticas que desean constituirse como partido, todos están en etapa de tareas preparatorias a fin de entregar las documentaciones necesarias conforme a lo que establece la Ley Nº 834/96.
Según el Artículo 21 de la Ley N° 834/96 - Código Electoral, los partidos políticos en formación tienen un plazo máximo de 2 años para presentar todas las documentaciones para su constitución, desde que inician las tareas preparatorias.
Los representantes de la organización civil expresaron interés en conocer los pasos legales a seguir para la conformación, elaboración, estructuración y constitución a nivel jurídico, para la creación de movimiento político.
“El asesoramiento recibido, fue de gran valía para nosotros, porque al despejarnos todas las dudas, nos brinda un mejor panorama hacia el desarrollo de nuestros objetivos trazados dentro del movimiento en desarrollo”, enfatizó el señor Gustavo Ferreira.
Los movimientos deben reunir 100 proponentes como mínimo para iniciar las tareas preparatorias; si es un movimiento nacional, la ley exige el 0.50 % de votos que se obtuvieron en sus últimas elecciones generales, también tener asiento en la capital, más en cuatro cabeceras departamentales.
Actualmente, la Justicia Electoral recibe entre dos a tres organizaciones civiles de todo el país que se preparan con miras a las elecciones generales del 2018.
También asiste a seis organizaciones políticas que desean constituirse como partido, todos están en etapa de tareas preparatorias a fin de entregar las documentaciones necesarias conforme a lo que establece la Ley Nº 834/96.
Según el Artículo 21 de la Ley N° 834/96 - Código Electoral, los partidos políticos en formación tienen un plazo máximo de 2 años para presentar todas las documentaciones para su constitución, desde que inician las tareas preparatorias.