ACEs deben legitimar su constitución para acceder a beneficios que les otorga el MEC

La personería jurídica es uno de los requisitos que deben cumplir las Asociaciones de Cooperadoras Escolares (ACEs) para su funcionamiento. La Justicia Electoral, a través de la Dirección de Servicios Electorales, acompaña, asesora y encamina en sus procesos de legalización a estas Organizaciones Intermedias, en cumplimiento a la Ley 4853/2013, que regula la conformación, organización y funcionamiento de las mismas en las diversas instituciones educativas del país.

ACEs deben legitimar su constitución para acceder a beneficios que les otorga el MEC

“Las organizaciones están obligadas a constituirse en organismos sin fines de lucro y eso cambia la perspectiva de lo que eran anteriormente las Asociaciones de Cooperadoras Escolares, ya que se les otorga personería jurídica” explicó el Abg. Nery Velilla, funcionario técnico de la Dirección de Servicios Electorales.

En ese contexto, la Justicia Electoral, acompaña a todas las Organizaciones Intermedias en sus procesos electorales, para mejorar los mecanismos de su formación y organización, también para elaborar sus cronogramas, convocar asambleas constitutivas y sobre todo para aplicar el sufragio como medio legal en la elección de una autoridad; expuso el Abg. Velilla.

Agregó, que esta época del año es propicia para que los centros de estudiantes y asociaciones de cooperadoras escolares, se acerquen a la Justicia Electoral a requerir el asesoramiento pertinente.

Importante es recordar a estas asociaciones, que una vez obtenida la aprobación de su organismo, podrán acceder a informaciones acerca de la utilización de los recursos financieros y otros provenientes del Ministerio de Educación y Cultura (MEC). También para el respaldo en la formación y capacitación de sus propios miembros con el fin de fortalecer la labor de la institución o comunidad educativa.

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