Adultos mayores se preparan para constituirse en movimiento político con miras a las elecciones del 2018
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- Publicado: Domingo, 6 de Noviembre de 2016 06:00
- Escrito por Andrea Toledo Miranda
Miembros de una organización que aglutina a adultos mayores, solicitaron la asistencia técnica de la Justicia Electoral para constituirse como movimiento; actualmente se encuentra en etapa de tareas preparatorias. La Dirección de Partidos Políticos de la Justicia Electoral asiste y asesora a todas las agrupaciones que tienen intención de conformarse como partido, movimiento, alianza o concertación y en consecuencia presentar candidaturas para las elecciones de 2018.
Los referentes de la organización civil integrada por adultos mayores manifestaron su interés en pugnar por cargos electivos en el 2018. Importante es remarcar que en nuestro país, se estima que el 7,2% del total de la población tiene más de 60 años.
En lo que va del año, 40 movimientos políticos, 10 partidos, 2 concertaciones y 1 alianza electoral, recibieron asistencia técnica para constituirse y ser reconocidos como tales; entre ellos, estudiantes universitarios, asociación de mujeres, ex oficiales de la Policía Nacional y miembros de comunidades indígenas.
Recientemente el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), convocó a más de 50 agrupaciones políticas para un importante encuentro entre sus líderes, representantes y autoridades del máximo organismo electoral, donde fueron tratados varios temas de interés en materia electoral a cargo de los directores de cada área, a fin de disipar las dudas y conocer el calendario de trabajo establecido para el 2018.
En el Artículo 17 del Código Electoral, se establecen los cuatro puntos que son los primeros pasos para constituir un partido político, movimiento, alianza o concertación, mientras que Artículo 18, indica que la documentación debe ser presentada al Tribunal Electoral de la Capital y que a partir de ahí tienen un plazo máximo de 2 años para presentar la solicitud respectiva, con los recaudos que indica el Artículo N° 21 de la referida Ley.
La dirección encargada de esta tarea trabaja directamente con los líderes de los futuros partidos o movimientos que desean presentar la documentación necesaria para ser reconocidos, además asesora, encamina y acompaña a los mismos para que puedan llegar en tiempo y forma como lo establece la ley electoral vigente.