“Resurgir Nacional” presentó documentación ante Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala
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- Publicado: Viernes, 18 de Noviembre de 2016 10:00
- Escrito por Andrea Toledo Miranda
El movimiento político independiente denominado, Resurgir Nacional, liderado por el ciudadano Hermes García, que proyecta la presentación de candidaturas a nivel nacional en las Elecciones Generales de 2018, arrimaron las documentaciones exigidas por Ley el Tribunal Electoral de la Capital, Segunda Sala; con el objetivo de iniciar las tareas preparatorias y ser reconocido como lo establece el Artículo 17 de la Ley N° 834/96 - Código Electoral.
Los apoderados y dirigentes de la agrupación, Eusebio Rodríguez, Alcides Sosa, Eulalio Garay y Rufino Alvarenga, son asistidos por la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos. Funcionarios técnicos asesoran a los mismos en lo que respecta a los requisitos que deben reunir para ser reconocidos por el organismo competente.
Los representantes de la nueva agrupación política manifiestan que el movimiento tiene por objetivo resurgir valores y principios basados en las raíces y la tradición de nuestro país. “Queremos ser una nueva y buena opción válida para el electorado paraguayo y transmitir la confianza necesaria para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos”, mencionó el Apoderado, Abg. Eulalio Garay.
Por su parte, el Secretario General, Rufino Alvarenga, comentó que son un grupo de ciudadanos profesionales, padres de familia, que buscan el cambio. “Uno si está de observador no puede hacer el cambio, que esto sea un nuevo resurgir para que la ciudadanía tenga la oportunidad de participar”, refirió.
Como lo establece, entre otras cosas la Ley N° 834/96, en su Artículo 17: Para constituir un partido o movimiento político, en carácter de tarea preparatoria, sus propiciadores deben presentar una escritura pública que contenga: nombre y apellido, domicilio, número de cédula de identidad, denominación, bases ideológicas, estatuto provisorio, etc.
Consecuentemente, el Artículo 18 indica que la documentación señalada en el Artículo anterior debe ser presentada ante el Tribunal Electoral de la Capital, el mismo dará la autorización para iniciar los trabajos de organización y proselitismo necesarios para su reconocimiento.
Así también, el Artículo 21 de la referida Ley dice: que los partidos políticos en formación tienen un plazo máximo de 2 años para presentar todas las documentaciones para su constitución, desde que inician las tareas preparatorias.
Las agrupaciones que deseen conformarse como partido o movimiento político pueden acudir a las oficinas de la dirección encargada de asesorar y acompañar a los interesados, ubicada en la sede central de la Justicia Electoral, Av. Eusebio Ayala N° 2759 c/ Sta. Cruz de la Sierra o llamar al 021 6180 574.