Alianzas y Concertaciones, temas expuestos en el Conversatorio organizado por la JLRA
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- Publicado: Miércoles, 21 de diciembre de 2016 12:30
- Escrito por Andrea Toledo Miranda
El debate político fue organizado por la Juventud Liberal Radical Autentica (JLRA), con el acompañamiento de la Justicia Electoral. Durante el encuentro los expositores, Abg. Carlos María Ljubetic y el Abg. Euclides Acevedo, desarrollaron los aspectos legales de las herramientas jurídico - electorales que permiten a agrupaciones políticas pugnar por cargos nacionales o municipales. Fue moderador, el Asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Lic. Luis Alberto Mauro.
“Hemos invitado a toda la ciudadanía y a los jóvenes de los diferentes partidos políticos a participar de esta charla, para conocer sobre estas importantes herramientas electorales” refirió el Presidente de la JLRA, Derlis Larrosa organizador del conversatorio. Agregó además que es importante conocer los alcances de la Alianza o la Concertación atendiendo la proximidad de las Elecciones Generales de 2018.
El Abg. Carlos María Ljubetic explicó que las Alianzas y las Concertaciones pueden ser departamentales o distritales, además las diferencias que existen entre ambas. “Las alianzas deben realizarse entre partidos que ya hayan elegido a sus candidatos a través de elecciones internas, la concertación implica que los partidos o movimientos que la integren deben hacer sus propias elecciones”.
“Paraguay es el país que mayor facilidad otorga a los ciudadanos para militar en política, no hay otro en América por lo menos; que otorgue esas ventajas, en otros países se puede participar en las elecciones solamente a través de los partidos políticos reconocidos como tales”, remarcó el especialista en Derecho Electoral.
Por su parte, el analista político, Constitucionalista y exsenador, Abg. Euclides Acevedo destacó la importancia de este tipo de debate por el momento político que vive el país. “Hay una necesidad de renovación partidaria a través de la concertación, es una necesidad coyuntural”, puntualizó.
El termino Alianza está establecido en el Artículo 40 de la Ley 834/96 - Código Electoral, que en su Capítulo II “De las Alianzas” señala que los partidos políticos reconocidos podrán concretar alianzas transitorias para las elecciones nacionales, departamentales y municipales, para lo cual deberán solicitar de la Justicia Electoral el reconocimiento respetivo.
La Concertación está contemplada en la Ley 3212/07 “Que amplía las disposiciones del Código Electoral y Crea la figura de las Concertaciones”, detalla que este tipo de acuerdo no solo es creado a fin de pugnar en elecciones generales y municipales, sino en la formación y administración de futuros gobiernos.
Del encuentro participaron, el Senador Fernando Silva Facetti, Asesores del TSJE, Directores de la Justicia Electoral, Presidentes y dirigentes de los Comités de Capital e interior del país.