Desde hoy, precandidatos a intendentes pueden realizar propaganda electoral en la vía pública
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- Publicado: Lunes, 23 de Enero de 2017 11:20
- Escrito por Departamento de Prensa
En la fecha, igualmente las agrupaciones políticas deben presentar nómina de Miembros de Juntas Cívicas, de acuerdo con el cronograma electoral establecido, en el marco de la organización de Elecciones Municipales en los cuatro nuevos distritos.
El 26 de febrero próximo, pobladores de las localidades de Maracaná, María Antonia, San Vicente Pancholo y Arroyito, de los departamentos de Canindeyú, Paraguarí, San Pedro y Concepción, respectivamente, tendrán Elecciones Internas Simultáneas de las agrupaciones políticas, y el 26 de marzo, las Elecciones Municipales.
El Cronograma Electoral elaborado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral establece el 23 de enero como inicio del período de propaganda electoral.
El periodo fenece el jueves 23 de marzo conforme lo establece el artículo 290 de la Ley 834/96 - Código Electoral. “La propaganda electoral se extenderá por una máximo de sesenta días contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios”.
Entiéndase propaganda electoral en la vía pública; como pasacalles, pintatas, afiches que contengan las propuestas de los candidatos para cargos electivos.
Para las Internas partidarias simultáneas que serán organizadas por las agrupaciones políticas; la normativa electoral indica que la propaganda en los espacios públicos no podrá exceder de treinta días; y en medios masivos de comunicación, solo tendrá una duración de diez días contados retroactivamente.
Por otra parte, este lunes la Dirección General del Registro Electoral devolverá los padrones certificados a las agrupaciones políticas que pugnarán por cargos de Intendente y Miembros de Junta Municipal, tras el cruce informático realizado por la Dirección de Informática el pasado 21 y 22 de enero.
La nómina para la conformación de Juntas Cívicas para los locales de votación, deben ser acercadas ante los Tribunales Electorales de las circunscripciones correspondientes.
En el caso del distrito de Maracaná en el Tribunal Electoral de Alto Paraná y Canindeyú con asiento en Ciudad del Este. Para María Antonia, ante el Tribunal Electoral de Paraguarí, Cordillera, Pte. Hayes y Boquerón, Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala.
Para San Vicente Pancholo, Tribunal Electoral de Caaguazú y San Pedro con sede en Coronel Oviedo. Arroyito ante el Tribunal Electoral de Concepción y Alto Paraguay con asiento en Concepción.
El Cronograma Electoral elaborado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral establece el 23 de enero como inicio del período de propaganda electoral.
El periodo fenece el jueves 23 de marzo conforme lo establece el artículo 290 de la Ley 834/96 - Código Electoral. “La propaganda electoral se extenderá por una máximo de sesenta días contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios”.
Entiéndase propaganda electoral en la vía pública; como pasacalles, pintatas, afiches que contengan las propuestas de los candidatos para cargos electivos.
Para las Internas partidarias simultáneas que serán organizadas por las agrupaciones políticas; la normativa electoral indica que la propaganda en los espacios públicos no podrá exceder de treinta días; y en medios masivos de comunicación, solo tendrá una duración de diez días contados retroactivamente.
Por otra parte, este lunes la Dirección General del Registro Electoral devolverá los padrones certificados a las agrupaciones políticas que pugnarán por cargos de Intendente y Miembros de Junta Municipal, tras el cruce informático realizado por la Dirección de Informática el pasado 21 y 22 de enero.
La nómina para la conformación de Juntas Cívicas para los locales de votación, deben ser acercadas ante los Tribunales Electorales de las circunscripciones correspondientes.
En el caso del distrito de Maracaná en el Tribunal Electoral de Alto Paraná y Canindeyú con asiento en Ciudad del Este. Para María Antonia, ante el Tribunal Electoral de Paraguarí, Cordillera, Pte. Hayes y Boquerón, Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala.
Para San Vicente Pancholo, Tribunal Electoral de Caaguazú y San Pedro con sede en Coronel Oviedo. Arroyito ante el Tribunal Electoral de Concepción y Alto Paraguay con asiento en Concepción.